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José Luís Vásquez: Derroche de garrafal ignorancia la del Alcalde, concejales, Sindico y Contralor del Municipio Libertador de Mérida

** Una retahíla de irresponsabilidades tomaron por asalto el provenir del Poder Ejecutivo y Legislativo que administra la ciudad de Mérida





(Prensa Copei Mérida) “Todos son responsables del vergonzoso e inexcusable ciclo de errores relacionados con el cobro de los tributos en el Municipio Libertador”, así lo denunció de forma clara José Luis Vásquez Crespo, dirigente regional del Comité de Organización Política Electoral Independiente (Copei) en el estado Mérida, ex concejal y ex Presidente del Concejo Municipal de Libertador (2016 – 2017).

Precisó Vásquez Crespo que la supuesta Asociación de Alcaldes Bolivarianos no tiene competencia para dirigir la materia tributaria y sostuvo que, además, no existe legalmente el Acuerdo de Armonización Tributaria por ellos planteado, hecho que viola lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (Loppm) con respecto a ese tema y la sentencia 0027, del Tribunal Supremo de Justica (TSJ), la cual establece una unidad de cuenta para el cálculo de los tributos sobre la base del criptoactivo Petro, además de establecer cambios difíciles de cumplir para las ya depauperadas alcaldías de Venezuela.

Precisó, de igual forma, que “en la sentencia establece que los alcaldes deberán adecuar sus ordenanzas de acuerdo a la realidad económica de sus municipios y por si fuera poco exhorta, en el Dictamen Nº 9 de la sentencia, a los concejos municipales a declarase en emergencia legislativa, para cumplir lo establecido en el artículo 95 de la Loppm que establece la atribución de iniciar y consultar los proyectos de ordenanzas municipales”.

El Alcalde usurpa funciones

Así mismo, la autoridad partidista de Copei en Mérida, destacó que el Alcalde del Municipio Libertador usurpó las funciones del Concejo Municipal al emitir actos administrativos (decretos) que aumentan los tributos, pero dicho cuerpo edilicio abandonó su potestad Tributaria establecida en el numeral 4º del artículo 95 de la Loppm cuando, de forma recurrente durante los años 2019-2020 y 2021, le autorizó la publicación en Gaceta Municipal dichos decretos violentando el artículo 163 del Capítulo V relacionado a la Potestad Tributaria el cual dice textualmente que “No podrá cobrarse impuesto, tasa ni contribución Municipal que no esté establecida en Ordenanza”.

¿Y el Síndico y el Contralor Municipal?

Ahora bien, continúa desnudando la realidad tributaria del Municipio Libertador José Luis Vásquez Crespo, “el Concejo Municipal, al percatarse de su omisión Legislativa recurrente e inexcusable, emite el Acuerdo 48 donde exhorta al Alcalde a dejar sin efecto los decretos relacionados al cobro de los tributos, recomendación no atendida tampoco por el Síndico Procurador Municipal ni el Contralor Municipal en el cual les insta a comenzar las investigaciones e instruir el expediente respectivo en un plazo perentorio, cosa que tampoco fue acatada”.

Finalmente, destacó Vásquez Crespo, los contribuyentes son los perjudicados al verse traicionados por los que deben defender la legalidad, imponiendo cobros elevados en un escenario de pandemia, crisis económica, bajo poder adquisitivo y de compra donde han quebrado negocios y cerrado empresas, además de las consecuencias que acarrea esta medida en el ámbito jurídico, operativo y financiero para el ya mermado funcionamiento del ayuntamiento merideño. “Debemos buscar una solución, pero eso empieza por asumir responsabilidades y asumir las consecuencias que sus actos ocasionan”, sostuvo al culminar.