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Divulgan en Mérida plan y normativa para distribución de combustible

Instituciones de Gobierno que coordinan el Estado Mayor de Combustible (EMC), capítulo Mérida, divulgaron este lunes el Procedimiento Operativo Vigente (POV), para la distribución de gasolina y gasoil, en 70 Estaciones de Servicio (E/S) de la entidad andina.



Dicho plan, establece mecanismos, procedimientos y responsabilidades acordados por las unidades de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Fanb), autoridades civiles locales, Ministerio del Poder Popular para Petróleo y gerencias de estaciones de servicio, indica el texto divulgado a medios regionales y público en general.

Entre las disposiciones destaca la instalación de comités de usuarios, que junto a regentes de las E/S y efectivos militares, evaluarán todos los casos especiales que requieren del suministro del combustible, para su atención, tales como personal de enfermeros, médicos, funerarias, ambulancias, transporte de alimentos y medicinas, entre otros.

En paralelo, los diputados estadales y concejales, designados por el Protector del estado, Jehyson Guzmán, efectuarán acompañamiento, supervisión y control en las E/S y sus adyacencias, instalaciones que atenderán al público desde las 06:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche, previendo posibles extensiones según la hora de llegada de Unidades de Transporte de Combustible (UTC).

Otras prioridades para equipar

La directriz del Estado Mayor de Combustible establece que los transportes (vehículos) de alimentos, de medicinas, encomiendas, valores bancarios y gas doméstico (privado, comunal, o estatales) están autorizados a equipar combustible en cualquier E/S, previa verificación de la documentación pertinente y guías de movilización.

Los camiones recolectores o compactadores de basura serán abastecidos en el momento que lo requieran, sin limitación alguna de acceso al combustible.

Las estaciones de servicio Los Higuerones, El Anís y Estanques, están habilitadas como únicos expendios autorizados para equipar camiones tipo 350, modelos tritón y bronco, previo chequeo de la unidad y sus documentos.

Atención a motociclistas

Se establecen dos bloques horarios de atención para usuarios de motos, previa verificación de documentos y operatividad de la unidad. Desde las 08:00 hasta las 9:00 de la mañana y desde las 04:00 hasta las 05:00 de la tarde, con la salvedad de que la hora de arribo de la UTC puede condicionar la suspensión de uno de los dos bloques de atención.

Las estaciones de servicio Chama y Aeropuerto no equiparán vehículos tipo moto, en razón de que poseen solo un surtidor operativo.

Dispositivo de seguridad

Todas las estaciones de servicio estarán bajo custodia del Comando de Zona N° 22 de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB).

Dicho cuerpo uniformado, junto a la Policía Nacional Bolivariana, la Policía Estadal y la Policía Municipal, efectuarán supervisión diaria de las E/S, para control de colas, prevención y seguridad, siendo responsabilidad de estos funcionarios la detección oportuna de cualquier modificación aplicada a vehículos para el contrabando.

Prohibiciones

Según lo establecido en el documento, queda prohibido el expendio de combustible a vehículos que estén siendo transportados en grúas, o remolcados por otra unidad. También ha sido prohibido el expendio de combustible en bidones y recipientes, así como la atención de colas “VIP” (siglas en inglés para “personas muy importantes”).

A cada unidad tipo automóvil le será suministrado un máximo de 40 litros de combustible, mientras que las motocicletas recibirán un máximo de 10 litros.

Por razones de seguridad inherentes al manejo de sustancias inflamables y volátiles queda prohibido el uso de teléfonos celulares y dispositivos electrónicos similares en espacios y adyacencias de las E/S.

Por otra parte, ninguna de las UTC de empresas privadas, o pertenecientes al Estado, está autorizada a equipar combustible para su propia operación, en razón de que las mismas, reciben su equipamiento necesario en plantas de llenado.

T/AVN