La
Contraloría General de la República, goza de potestad exclusiva y excluyente
para ejercer acciones contra cualquier funcionario público que no actúe o
cumpla con las normas establecidas en la Ley Orgánica de la Contraloría General
de la República y la Ley Contra la Corrupción.
Con
relación a las sanciones de Inhabilitación Administrativa interpuesta recientemente
por el máximo órgano contralor, la Contraloría del estado Bolivariano de Mérida
brinda irrestricto respaldo a la decisión tomada.
La sanción se debe a inconsistencias detectadas en las
Declaraciones Juradas de Patrimonio, tal como lo establece la Contraloría
General de la República, de conformidad con la Resolución N° 01-00-000055 de
fecha 17 de abril de 2013, publicada en la Gaceta Oficial N° 40.153 del 24 de
abril del mismo año.
Para la Contraloría del estado “la Ley es dura pero es la
Ley, cuando se cometen hechos contrarios a la norma, la Contraloría como máximo
Órgano del Sistema Nacional de Control Fiscal, establece las sanciones, no
obstante nadie ha salido al ruedo mencionando las decisiones puestas a
funcionarios del oficialismo”.
Con relación a las acciones emprendidas desde el órgano
de control estadal, se ha efectuado Responsabilidad Administrativa interpuesta
al ex gobernador Florencio Porras, a funcionarios del Instituto Autónomo
Hospital Universitario de Los Andes que cumplieron funciones durante el Ejercicio
Fiscal 2008; así como, la auditoría que se efectúa a la gestión de Marcos Díaz
Orellana; la culminación en los próximos días de la auditoría al Servicio
Autónomo de Puertos y Aeropuertos del estado Mérida, así como al Instituto Autónomo
de Policía del estado, enfatizó que todo aquel que cause daño al patrimonio
público debe ser sancionado.
En cuanto a la Declaración
Jurada de Patrimonio de las máximas autoridades de los órganos y entes; es
importante resaltar que faltan 9 días para culminación del proceso, por lo que
instó a aquellos funcionarios que no han
cumplido con la obligación, efectuarla con prontitud, de lo contrario puede
acarrear multas entre 50 y 500 Unidades Tributarias.
(Prensa
CEBM/BR)