Campaña “Una chispa de diversión puede quemar su futuro”
El Idenna
como integrante del Sistema Rector Nacional de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de conformidad con lo
establecido en el Artículo 119 de la Ley
Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Lopnna). Comenzó a
visitar las instituciones educativas del estado bolivariano de Mérida, con la
firme intención de concienciar a la
población infanto juvenil sobre el uso
de los fuegos pirotécnicos en estas fiestas decembrinas.
En este
contexto, la dirección del Idenna Mérida, siguiendo las directrices de la
Profesora Amalia Saéz, presidenta esta institución perteneciente al
viceministerio para la Suprema Felicidad del Pueblo, y como parte de las
políticas de protección del Estado venezolano, liderado por el Presidente
Constitucional, Nicolás
Maduro, realizó un conversatorio con los alumnos de la Unidad Educativa Teresa
de la Parra, sobre la importancia de lo que significa, todo lo relacionado con
la compra, venta y usos de los fuegos pirotecnicos, con el fin de evitar lesiones y hasta la
pérdida de algún familiar por la manipulación de estos artificios explosivos.
Igualmente, la coordinación de Redes participó en esta actividad.
Igualmente,
se dio a conocer lo relativo al artículo 262 de la Ley Orgánica para la
Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Lopnna) para que los adultos conozcan las sanciones
que se aplicarán de llegar a suministrar juegos pirotécnicos a los infantes o
permitirles su manipulación.
Asimismo
el abogado Hector
Rojas de la coordinación de Defensa del Idenna Mérida hizo un llamado a los
padres y representantes a no comprar este tipo de “juegos” a sus hijos, pues la
mala manipulación de éstos podría causar quemaduras de 1° a 3° grado y hasta la
muerte y recordó que no está permitida la venta de detonantes como salta
pericos,
matasuegras, triqui-traquis, Bin-Laden y fosforitos porque podrían causar
lesiones traumáticas como la pérdida de algún miembro del cuerpo y daños
auditivos, entre otros, sin contar con las pérdidas estructurales”.
Recordó
Hector Rojas: “El Artículo 262. Precisa
que quien venda, suministre o entregue a
un adolescente fuegos artificiales, será penado o penada con prisión de tres
meses a un año. Si la venta, suministro o entrega se hace a un niño o niña, la
prisión será de seis meses a dos años. En estos casos, según la gravedad de la
infracción, se podrá imponer igualmente el cierre del establecimiento hasta por
diez días”.
Presa
Idenna Mérida: Wilfredo Torres Palazzi


