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Sobre el tema de los derechos humanos
Defensa Pública dictó clínica jurídica en el Cepra


Haciendo un análisis de la actividad especial que realizan los funcionarios penitenciarios, en especial, los custodios, la Defensa Pública en su condición de órgano garante de los Derechos Humanos y de la Tutela judicial real y efectiva, ofreció una clínica jurídica en el Centro Penitenciario de la Región Los Andes (Cepra).

El coordinador regional, Abg. Rudis Parra, resaltó que este órgano, por mandato constitucional y legal, es garante de los derechos humanos y tiene además la responsabilidad de orientar, dar asistencia, asesorar y representar a los ciudadanos y ciudadanas privados de libertad, por lo que realizaron esta clínica jurídica, dirigida a los custodios del Cepra, alcanzando importantes logros formativos.

En esta actividad formativa y orientadora se resaltó la importancia, efecto, control, fiscalización y prevención en las funciones de las funciones que tienes estos funcionarios; todo relacionado al espíritu y propósito de  la Ley Especial para prevenir y sancionar la tortura y otros tratos crueles inhumanos o degradantes, se expuso el alcance, concepto, objetivo,  procedimientos y sanciones de la ley.

Con relación a lo antes referido Parra destacó que, la Defensa Pública en preeminencia de los Derechos Humanos de conformidad al principio establecido en el articulo 7 de la Ley Orgánica de la Defensa Pública, fue claro y preciso en señalar a los participante que estos delitos además de su imprescriptibilidad, no tienen beneficios procesales, se trata de delitos de lesa humanidad cuyas penas son bastantes altas y como accesoria, existe el derecho a solicitar la indemnización por parte de las victimas o puede ser sus familiares. 

En esta jornada también, se razonó la obligación que tiene el Estado venezolano, a través sus instituciones entiéndanse, entiéndase, en primer lugar el Ministerio Público como receptor, director de la investigación y acusador. En segundo lugar el Poder Judicial para garantizar un proceso justo, real y efectivo, pues son principios constitucionales que el Estado debe velar para castigar a los funcionarios que en el cumplimiento de sus atribuciones o funciones actúen fuera de los parámetros y procedan al margen de la ley.

Rudis Parra resaltó que, “la jerarquía de los DDHH y su repercusión tanto nacional como internacional, delega en Estado facultades que conllevó a la creación de una Comisión Nacional de DDHH que tiene por objeto la  prevención de la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, en la cual la Defensa Pública tiene un espacio para desarrollar sus funciones, entre ellas asegurar la eficacia  y el espíritu de esta ley especial con los principios de justicia”.

Finalmente, el coordinador público regional, explicó que la violación de los DDHH es de orden público y de seguridad pública, en este sentido se resaltó que este órgano, asume una postura contundente como garante de los DDHH, al establecer como principio esencial la preservación de tales Derechos y determinar las garantías orientadas a protegerlos.

(Defensa Pública Regional - Mérida)