El
incumplimiento a lo establecido en la presente providencia administrativa, será
multado con 2.000 Unidades Tributarias por cada unidad de vivienda que no
oferte.
La Superintendencia
Nacional de Arrendamiento de Viviendas estableció las normas para que los
propietarios y arrendadores de edificios que tengan 20 años o más dedicados al
arrendamiento los oferten en venta a sus arrendatarios o arrendatarias.
La
medida queda establecida en Gaceta Oficial número 40.382, de fecha viernes 28
de marzo, que circula este lunes.
Los
propietarios, propietarias, arrendadores y arrendadoras de edificios que tengan
20 años o más dedicados al alquiler, deberán ofertar en venta los inmuebles a
sus arrendatarios en un lapso de 60 dÃas hábiles, a partir de la vigencia de
las presentes normas.
“La
oferta de venta a que se hace referencia deberá hacerse de conformidad a lo
establecido en el TÃtulo VI De la Preferencia Ofertiva de la Ley para Regulación
y Control de los Arrendamientos de Vivienda”.
Asimismo,
se indica que el propietario o arrendador de edificios que tengan 20 años o más
dedicados al arrendamiento propiedad de multiarrendadores que no dé
cumplimiento a lo establecido en la presente providencia administrativa, será
multado con 2.000 Unidades Tributarias por cada unidad de vivienda que no
oferte. La multa deberá cancelarse en un lapso de 5 dÃas hábiles una vez
determinado el incumplimiento.
Texto/José Sinue Vargas
Fuente/Gaceta Oficial N° 40.382


