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Ever González, gerente de Personal y Recursos Humanos
Nueva LOT impide pago del antiguo Art. 108 a trabajadores de la Alcaldía


“No es el Alcalde ni Ever González quien se niega a pagarle el artículo 108 a los trabajadores de la Alcaldía de Libertador, es la Ley Orgánica del Trabajo que por vía Habilitante promulgó el propio presidente Chávez quien les negó esta posibilidad a los cientos de padres y madres de familia que dependen de nuestra nómina”.

Así inició Ever González, gerente de Personal y Recursos Humanos su explicación en torno a las declaraciones emitidas por Reinaldo Toro, secretario general del Sindicato de Empleados de la Alcaldía de Libertador, quien señaló a través de un medio de comunicación, que se están desconociendo los acuerdos alcanzados con el alcalde Léster Rodríguez cuando la realidad es otra. 

Dura lex, sed lex, o mejor dicho, la ley es dura pero es la ley”, señaló Ever González quien además de ser el Gerente de Recursos Humanos de la Alcaldía, posee una dilatada trayectoria como abogado.

“Nosotros no podemos desconocer una ley. Los mayores interesados en el beneficio de nuestros trabajadores somos nosotros mismos. El alcalde Léster Rodríguez tiene la mejor disposición tal como lo demostró al acordar con el Sindicato el pago del 108 que en la nueva Ley Orgánica del Trabajo es el artículo 142, de cumplir con las reivindicaciones por demás merecidas, pero no podemos por ello quebrantar la ley porque ello constituye un delito”, señaló González.

Explicó detalladamente que esta es una muestra clara de cómo la nueva LOT, contiene disposiciones que no fueron discutidas ni acordadas con los trabajadores, con los sindicatos y que generan molestia en los trabajadores.

En la Ley de 1997, el artículo 108 que es lo que reclama el Sindicato que se les pague, se señala que “el patrono pagará al trabajador adicionalmente dos (2) días de salario, por cada año, por concepto de prestación de antigüedad, acumulativos hasta treinta (30) días de salario”, mientras que en el 142 de la nueva LOT, que entró en vigencia el pasado mes de mayo tras su publicación en Gaceta, se ordena “depositar” este concepto. En el artículo 143, se señala de manera clara que dichos depósitos se efectuarán en un fideicomiso individual o en un Fondo Nacional de Prestaciones Sociales. 

Ever González aseguró que la Municipalidad agotará las instancias posibles para cancelar este concepto a sus trabajadores pero dentro del marco legal.

“Aquí no se trata de quién manda más, porque es un hecho claro que la máxima autoridad de la Alcaldía es Léster Rodríguez, pero así mismo él cuenta con un entorno gerencial capaz, para hacer las recomendaciones necesarias como en este caso y evitar con ello una transgresión a la ley”, acotó González. 

(Prensa Alcaldía del municipio Libertador)